Tras barajar varias formas finalmente la forma juridica que decidimos elegir fue la Sociedad Limitada. Ya que los socios no responden de las deudas sociales estando limitada su responsabilididad al capital aportado. En cuanto a su naturaleza tiene un caracter mercantil con independencia de la actividad que desarrolla.
La responsabilidad de los socios es limitada al capital aportado, es decir, si la empresa quebrara solo perderíamos en dinero invertido
Tributa por el Impuesto sobre Sociedades (IS).
Existe la posibilidad de aportar capital en bienes y dinero.
Posibilidad de nombrar un administrador con carácter indefinido.
El capital social mínimo es de tan solo 3.000€
La venta de participaciones no es libre.
La constitución es más lenta y costosa que la de un empresario individual pero no nos importa porque no tenemos prisa, nuestra empresa sera creada dentro de cuatro años.
Hay obligatoriedad de llevar contabilidad formal.
La complejidad del Impuesto sobre Sociedades.
La imposibilidad de cotizar en bolsa.
No hay libertad para traspasar libremente las participaciones.
FORMA JURÍDICA
Tras barajar varias formas finalmente la forma juridica que decidimos elegir fue la Sociedad Limitada.
Ya que los socios no responden de las deudas sociales estando limitada su responsabilididad al capital aportado. En cuanto a su naturaleza tiene un caracter mercantil con independencia de la actividad que desarrolla.
http://www.creaciondempresas.com/sociedades/Sociedad_Limitada.shtmSOCIEDAD LIMITADA
SOCIEDAD LIMITADA